Serán funciones de la Comisión Ejecutiva:
Serán Presidente y Secretario de la Asamblea General los que lo sean de la Junta Directiva o quienes les sustituyeran en sus funciones, o subsidiariamente los que designe la Junta Directiva de entre sus miembros.
Asambleas Previas
En cada delegación territorial de la Mutualidad se convocará una Asamblea Previa a la Asamblea General, en las que se elegirán a los representantes de los mutualistas en la Asamblea General. En ella podrán participar todos los mutualistas adscritos a la delegación territorial y al día de sus obligaciones con la Mutualidad. Cada mutualista tendrá derecho a un voto y podrá ser elector y elegible, con excepción de lo previsto en el artículo 18 de los Estatutos de la Mutualidad.
Las Asambleas Previas serán convocadas por el Presidente de la Mutualidad con una antelación mínima de veinte días, mediante anuncio publicado en la página web de la Mutualidad y en la sede de la respectiva delegación territorial. Simultáneamente, se abrirá el plazo de presentación de candidaturas a representantes de los mutualistas. Una vez comprobado que los candidatos cumplen los requisitos de elegibilidad, se publicarán las listas definitivas de candidatos, en los mismos medios.
Las Asambleas Previas serán presididas por el vocal de adscripción territorial de la Junta Directiva o, en su caso, por la persona que dicha Junta designe. En dichas Asambleas se informará del contenido previsto en la Asamblea General y se celebrarán las elecciones de un representante de los mutualistas en la Asamblea General por cada 15.000 mutualistas con derecho a participar en la Asamblea previa. Cualquier fracción se complementará por exceso a cifra entera. Si no existiesen nuevos candidatos, se entenderán prorrogados los miembros anteriores de la Asamblea Previa, siempre que continúen cumpliendo con los requisitos necesarios.
Los representantes elegidos en las Asambleas Previas ejercerán su derecho a voto en la Asamblea General en los términos acordados en la respectiva Asamblea Previa, no pudiendo delegar su voto en la Asamblea General en ningún otro miembro de la misma.
La Comisión de Auditoría es el órgano social encargado de:
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones es el órgano social encargado de:
La Comisión de Inmuebles es el órgano social encargado de: