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DELEGACIÓN TERRITORIAL DE
CASTILLA Y LEÓN
Oficina Delegación Territorial Castilla y León
Pedro de Valdivia, s/n
47195 Arroyo de la Encomienda (Valladolid)
983 100 237
castillayleon@mutualidaddefutbolistas.com
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Es accidente deportivo el sufrido por el mutualista con ocasión del ejercicio del deporte del fútbol. El accidente debe ocurrir durante la celebración de partidos, o entrenamientos autorizados. No será considerado accidente deportivo cualquier otro distinto de lo anterior, excluyéndose por tanto la práctica privada de dicho deporte.
¿Qué debe hacer si se lesiona en un accidente deportivo?
Ocurrida la lesión, cabe diferenciar claramente tres tipos de asistencia:
1) Que sea una por URGENCIA VITAL.
Solamente se produce ésta si se encuentra en alguno de estos tres supuestos:
- que corre peligro su vida
- que tenga una fractura abierta
- pérdida del conocimiento.
En estos casos:
Trasládese al centro concertado sanitario de urgencias más próximo. Hágalo lo antes posible, en el medio de transporte más inmediato del que disponga, y solo en caso de no disponer de ninguno solicite una ambulancia en el tfno. 93 275 90 56 ó 91 122 76 25 para URGENCIAS y AMBULANCIAS FIATC (24 HORAS).
- Si quedase internado en el centro sanitario, en el plazo de 24 horas desde su ingreso llame al tfno. antes indicado y solicite instrucciones para su traslado a un Centro Sanitario Concertado por la Mutualidad en el plazo más breve posible. Si no realiza esa comunicación, los gastos que genere su atención a partir de las 24 horas indicadas serán a su cargo.
- Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
2) ASISTENCIA URGENTE.
Solamente se produce ésta si sufre un dolor tan intenso que debe ser atendido de forma inmediata y no puede esperar a una consulta posterior. Nunca acuda a urgencias si han pasado más de 24 horas
En estos casos:
Llame inmediatamente al tfno. 983 47 60 66, Ext. 1 durante el siguiente horario de atención: de lunes a viernes de 8:00h a 15:00h. En él se le indicará el Centro Sanitario Concertado de Urgencias al que acudir o, en caso de no ser necesario, se le programará una próxima consulta médica.
Debe dirigirse, por sus propios medios o por medio de transporte sanitario (solo si el tipo de lesión así lo exige) al centro concertado de asistencia de urgencias más cercano.
Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso).
- D.N.I.
Recibida la primera asistencia, si se requiere ingreso o intervención urgente de manera inmediata, el centro sanitario solicitará autorización al correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es, acompañando:
- Informe médico, indicando diagnóstico y descripción de la asistencia recibida.
- Prescripción de la asistencia necesaria.
FIATC contestará directamente al centro, autorizando o denegando dicha asistencia. Si, una vez realizada esta primera visita, se requiere continuidad de la atención, visitas sucesivas, pruebas complementarias (RM, TAC,…) rehabilitación o cualquier otra prestación, el federado deberá solicitar autorización a FIATC nuevamente.
3) Resto de LESIONES NO URGENTES.
En estos casos, deberá solicitar cita directa con los traumatólogos de referencia de su provincia, detallados al final de este documento, con el fin de acelerar en lo posible el proceso y ser valorado de inicio por consulta especializada.
Deberá identificarse por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
Si como consecuencia de una primera atención, en el criterio de los facultativos que atendieron al mutualista, se requiere nueva asistencia (exploraciones complementarias, rehabilitación, visitas sucesivas, etc.), una vez cumplimentado y presentado el parte de lesión, para tener acceso a dicha asistencia, el mutualista, deberá solicitar la oportuna autorización en el correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es.
Para solicitar dicha autorización deberá aportar:
- Copia del Parte de Lesiones presentado en su momento.
- Prescripción Médica.
Una vez recibida esta documentación anterior, FIATC hará llegar al mutualista la oportuna autorización indicando el centro al que se deben de dirigir para solicitar cita de la prueba. Ante nuevos requerimientos de asistencia no incluidos en las autorizaciones emitidas, se deberá de repetir este proceso tantas veces como sea preciso.
ADVERTENCIAS:
Recuerde siempre que la Mutualidad no se hará responsable de los gastos producidos, que deberán ser a su cargo:
- Si acude a un Centro Sanitario NO Concertado, salvo la excepción comentada de urgencia vital y solo durante las primeras 24 horas.
- Si se traslada en ambulancia sin ser una urgencia vital.
- Si acude a consultas, pruebas o intervenciones quirúrgicas realizadas sin la previa autorización de la Mutualidad.
Recuerde también que:
- El plazo máximo para la comunicación a la Mutualidad de cualquier lesión es de 7 días desde la ocurrencia del accidente, cumplimentando el preceptivo parte de lesiones.
La práctica deportiva durante el período de baja deportiva será motivo de paralización del tratamiento iniciado e implicará la no atención de los gastos y atenciones posteriores por la Mutualidad.
Es accidente deportivo el sufrido por el mutualista con ocasión del ejercicio del deporte del fútbol. El accidente debe ocurrir durante la celebración de partidos, o entrenamientos autorizados. No será considerado accidente deportivo cualquier otro distinto de lo anterior, excluyéndose por tanto la práctica privada de dicho deporte.
¿Qué debe hacer si se lesiona en un accidente deportivo?
Ocurrida la lesión, cabe diferenciar claramente tres tipos de asistencia:
1) Que sea una por URGENCIA VITAL.
Solamente se produce ésta si se encuentra en alguno de estos tres supuestos:
- que corre peligro su vida
- que tenga una fractura abierta
- pérdida del conocimiento.
En estos casos:
Trasládese al centro concertado sanitario de urgencias más próximo. Hágalo lo antes posible, en el medio de transporte más inmediato del que disponga, y solo en caso de no disponer de ninguno solicite una ambulancia en el tfno. 93 275 90 56 ó 91 122 76 25 para URGENCIAS y AMBULANCIAS FIATC (24 HORAS).
- Si quedase internado en el centro sanitario, en el plazo de 24 horas desde su ingreso llame al tfno. antes indicado y solicite instrucciones para su traslado a un Centro Sanitario Concertado por la Mutualidad en el plazo más breve posible. Si no realiza esa comunicación, los gastos que genere su atención a partir de las 24 horas indicadas serán a su cargo.
- Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
2) ASISTENCIA URGENTE.
Solamente se produce ésta si sufre un dolor tan intenso que debe ser atendido de forma inmediata y no puede esperar a una consulta posterior. Nunca acuda a urgencias si han pasado más de 24 horas
En estos casos:
Llame inmediatamente al tfno. 983 47 60 66, Ext. 1 durante el siguiente horario de atención: de lunes a viernes de 8:00h a 15:00h. En él se le indicará el Centro Sanitario Concertado de Urgencias al que acudir o, en caso de no ser necesario, se le programará una próxima consulta médica.
Debe dirigirse, por sus propios medios o por medio de transporte sanitario (solo si el tipo de lesión así lo exige) al centro concertado de asistencia de urgencias más cercano.
Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso).
- D.N.I.
Recibida la primera asistencia, si se requiere ingreso o intervención urgente de manera inmediata, el centro sanitario solicitará autorización al correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es, acompañando:
- Informe médico, indicando diagnóstico y descripción de la asistencia recibida.
- Prescripción de la asistencia necesaria.
FIATC contestará directamente al centro, autorizando o denegando dicha asistencia. Si, una vez realizada esta primera visita, se requiere continuidad de la atención, visitas sucesivas, pruebas complementarias (RM, TAC,…) rehabilitación o cualquier otra prestación, el federado deberá solicitar autorización a FIATC nuevamente.
3) Resto de LESIONES NO URGENTES.
En estos casos, deberá solicitar cita directa con los traumatólogos de referencia de su provincia, detallados al final de este documento, con el fin de acelerar en lo posible el proceso y ser valorado de inicio por consulta especializada.
Deberá identificarse por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
Si como consecuencia de una primera atención, en el criterio de los facultativos que atendieron al mutualista, se requiere nueva asistencia (exploraciones complementarias, rehabilitación, visitas sucesivas, etc.), una vez cumplimentado y presentado el parte de lesión, para tener acceso a dicha asistencia, el mutualista, deberá solicitar la oportuna autorización en el correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es.
Para solicitar dicha autorización deberá aportar:
- Copia del Parte de Lesiones presentado en su momento.
- Prescripción Médica.
Una vez recibida esta documentación anterior, FIATC hará llegar al mutualista la oportuna autorización indicando el centro al que se deben de dirigir para solicitar cita de la prueba. Ante nuevos requerimientos de asistencia no incluidos en las autorizaciones emitidas, se deberá de repetir este proceso tantas veces como sea preciso.
ADVERTENCIAS:
Recuerde siempre que la Mutualidad no se hará responsable de los gastos producidos, que deberán ser a su cargo:
- Si acude a un Centro Sanitario NO Concertado, salvo la excepción comentada de urgencia vital y solo durante las primeras 24 horas.
- Si se traslada en ambulancia sin ser una urgencia vital.
- Si acude a consultas, pruebas o intervenciones quirúrgicas realizadas sin la previa autorización de la Mutualidad.
Recuerde también que:
- El plazo máximo para la comunicación a la Mutualidad de cualquier lesión es de 7 días desde la ocurrencia del accidente, cumplimentando el preceptivo parte de lesiones.
La práctica deportiva durante el período de baja deportiva será motivo de paralización del tratamiento iniciado e implicará la no atención de los gastos y atenciones posteriores por la Mutualidad.
Es accidente deportivo el sufrido por el mutualista con ocasión del ejercicio del deporte del fútbol. El accidente debe ocurrir durante la celebración de partidos, o entrenamientos autorizados. No será considerado accidente deportivo cualquier otro distinto de lo anterior, excluyéndose por tanto la práctica privada de dicho deporte.
¿Qué debe hacer si se lesiona en un accidente deportivo?
Ocurrida la lesión, cabe diferenciar claramente tres tipos de asistencia:
1) Que sea una por URGENCIA VITAL.
Solamente se produce ésta si se encuentra en alguno de estos tres supuestos:
- que corre peligro su vida
- que tenga una fractura abierta
- pérdida del conocimiento.
En estos casos:
Trasládese al centro concertado sanitario de urgencias más próximo. Hágalo lo antes posible, en el medio de transporte más inmediato del que disponga, y solo en caso de no disponer de ninguno solicite una ambulancia en el tfno. 93 275 90 56 ó 91 122 76 25 para URGENCIAS y AMBULANCIAS FIATC (24 HORAS).
- Si quedase internado en el centro sanitario, en el plazo de 24 horas desde su ingreso llame al tfno. antes indicado y solicite instrucciones para su traslado a un Centro Sanitario Concertado por la Mutualidad en el plazo más breve posible. Si no realiza esa comunicación, los gastos que genere su atención a partir de las 24 horas indicadas serán a su cargo.
- Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
2) ASISTENCIA URGENTE.
Solamente se produce ésta si sufre un dolor tan intenso que debe ser atendido de forma inmediata y no puede esperar a una consulta posterior. Nunca acuda a urgencias si han pasado más de 24 horas
En estos casos:
Llame inmediatamente al tfno. 983 47 60 66, Ext. 1 durante el siguiente horario de atención: de lunes a viernes de 8:00h a 15:00h. En él se le indicará el Centro Sanitario Concertado de Urgencias al que acudir o, en caso de no ser necesario, se le programará una próxima consulta médica.
Debe dirigirse, por sus propios medios o por medio de transporte sanitario (solo si el tipo de lesión así lo exige) al centro concertado de asistencia de urgencias más cercano.
Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso).
- D.N.I.
Recibida la primera asistencia, si se requiere ingreso o intervención urgente de manera inmediata, el centro sanitario solicitará autorización al correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es, acompañando:
- Informe médico, indicando diagnóstico y descripción de la asistencia recibida.
- Prescripción de la asistencia necesaria.
FIATC contestará directamente al centro, autorizando o denegando dicha asistencia. Si, una vez realizada esta primera visita, se requiere continuidad de la atención, visitas sucesivas, pruebas complementarias (RM, TAC,…) rehabilitación o cualquier otra prestación, el federado deberá solicitar autorización a FIATC nuevamente.
3) Resto de LESIONES NO URGENTES.
En estos casos, deberá solicitar cita directa con los traumatólogos de referencia de su provincia, detallados al final de este documento, con el fin de acelerar en lo posible el proceso y ser valorado de inicio por consulta especializada.
Deberá identificarse por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
Si como consecuencia de una primera atención, en el criterio de los facultativos que atendieron al mutualista, se requiere nueva asistencia (exploraciones complementarias, rehabilitación, visitas sucesivas, etc.), una vez cumplimentado y presentado el parte de lesión, para tener acceso a dicha asistencia, el mutualista, deberá solicitar la oportuna autorización en el correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es.
Para solicitar dicha autorización deberá aportar:
- Copia del Parte de Lesiones presentado en su momento.
- Prescripción Médica.
Una vez recibida esta documentación anterior, FIATC hará llegar al mutualista la oportuna autorización indicando el centro al que se deben de dirigir para solicitar cita de la prueba. Ante nuevos requerimientos de asistencia no incluidos en las autorizaciones emitidas, se deberá de repetir este proceso tantas veces como sea preciso.
ADVERTENCIAS:
Recuerde siempre que la Mutualidad no se hará responsable de los gastos producidos, que deberán ser a su cargo:
- Si acude a un Centro Sanitario NO Concertado, salvo la excepción comentada de urgencia vital y solo durante las primeras 24 horas.
- Si se traslada en ambulancia sin ser una urgencia vital.
- Si acude a consultas, pruebas o intervenciones quirúrgicas realizadas sin la previa autorización de la Mutualidad.
Recuerde también que:
- El plazo máximo para la comunicación a la Mutualidad de cualquier lesión es de 7 días desde la ocurrencia del accidente, cumplimentando el preceptivo parte de lesiones.
La práctica deportiva durante el período de baja deportiva será motivo de paralización del tratamiento iniciado e implicará la no atención de los gastos y atenciones posteriores por la Mutualidad.
Es accidente deportivo el sufrido por el mutualista con ocasión del ejercicio del deporte del fútbol. El accidente debe ocurrir durante la celebración de partidos, o entrenamientos autorizados. No será considerado accidente deportivo cualquier otro distinto de lo anterior, excluyéndose por tanto la práctica privada de dicho deporte.
¿Qué debe hacer si se lesiona en un accidente deportivo?
Ocurrida la lesión, cabe diferenciar claramente tres tipos de asistencia:
1) Que sea una por URGENCIA VITAL.
Solamente se produce ésta si se encuentra en alguno de estos tres supuestos:
- que corre peligro su vida
- que tenga una fractura abierta
- pérdida del conocimiento.
En estos casos:
Trasládese al centro concertado sanitario de urgencias más próximo. Hágalo lo antes posible, en el medio de transporte más inmediato del que disponga, y solo en caso de no disponer de ninguno solicite una ambulancia en el tfno. 93 275 90 56 ó 91 122 76 25 para URGENCIAS y AMBULANCIAS FIATC (24 HORAS).
- Si quedase internado en el centro sanitario, en el plazo de 24 horas desde su ingreso llame al tfno. antes indicado y solicite instrucciones para su traslado a un Centro Sanitario Concertado por la Mutualidad en el plazo más breve posible. Si no realiza esa comunicación, los gastos que genere su atención a partir de las 24 horas indicadas serán a su cargo.
- Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
2) ASISTENCIA URGENTE.
Solamente se produce ésta si sufre un dolor tan intenso que debe ser atendido de forma inmediata y no puede esperar a una consulta posterior. Nunca acuda a urgencias si han pasado más de 24 horas
En estos casos:
Llame inmediatamente al tfno. 983 47 60 66, Ext. 1 durante el siguiente horario de atención: de lunes a viernes de 8:00h a 15:00h. En él se le indicará el Centro Sanitario Concertado de Urgencias al que acudir o, en caso de no ser necesario, se le programará una próxima consulta médica.
Debe dirigirse, por sus propios medios o por medio de transporte sanitario (solo si el tipo de lesión así lo exige) al centro concertado de asistencia de urgencias más cercano.
Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso).
- D.N.I.
Recibida la primera asistencia, si se requiere ingreso o intervención urgente de manera inmediata, el centro sanitario solicitará autorización al correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es, acompañando:
- Informe médico, indicando diagnóstico y descripción de la asistencia recibida.
- Prescripción de la asistencia necesaria.
FIATC contestará directamente al centro, autorizando o denegando dicha asistencia. Si, una vez realizada esta primera visita, se requiere continuidad de la atención, visitas sucesivas, pruebas complementarias (RM, TAC,…) rehabilitación o cualquier otra prestación, el federado deberá solicitar autorización a FIATC nuevamente.
3) Resto de LESIONES NO URGENTES.
En estos casos, deberá solicitar cita directa con los traumatólogos de referencia de su provincia, detallados al final de este documento, con el fin de acelerar en lo posible el proceso y ser valorado de inicio por consulta especializada.
Deberá identificarse por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
Si como consecuencia de una primera atención, en el criterio de los facultativos que atendieron al mutualista, se requiere nueva asistencia (exploraciones complementarias, rehabilitación, visitas sucesivas, etc.), una vez cumplimentado y presentado el parte de lesión, para tener acceso a dicha asistencia, el mutualista, deberá solicitar la oportuna autorización en el correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es.
Para solicitar dicha autorización deberá aportar:
- Copia del Parte de Lesiones presentado en su momento.
- Prescripción Médica.
Una vez recibida esta documentación anterior, FIATC hará llegar al mutualista la oportuna autorización indicando el centro al que se deben de dirigir para solicitar cita de la prueba. Ante nuevos requerimientos de asistencia no incluidos en las autorizaciones emitidas, se deberá de repetir este proceso tantas veces como sea preciso.
ADVERTENCIAS:
Recuerde siempre que la Mutualidad no se hará responsable de los gastos producidos, que deberán ser a su cargo:
- Si acude a un Centro Sanitario NO Concertado, salvo la excepción comentada de urgencia vital y solo durante las primeras 24 horas.
- Si se traslada en ambulancia sin ser una urgencia vital.
- Si acude a consultas, pruebas o intervenciones quirúrgicas realizadas sin la previa autorización de la Mutualidad.
Recuerde también que:
- El plazo máximo para la comunicación a la Mutualidad de cualquier lesión es de 7 días desde la ocurrencia del accidente, cumplimentando el preceptivo parte de lesiones.
La práctica deportiva durante el período de baja deportiva será motivo de paralización del tratamiento iniciado e implicará la no atención de los gastos y atenciones posteriores por la Mutualidad.
Es accidente deportivo el sufrido por el mutualista con ocasión del ejercicio del deporte del fútbol. El accidente debe ocurrir durante la celebración de partidos, o entrenamientos autorizados. No será considerado accidente deportivo cualquier otro distinto de lo anterior, excluyéndose por tanto la práctica privada de dicho deporte.
¿Qué debe hacer si se lesiona en un accidente deportivo?
Ocurrida la lesión, cabe diferenciar claramente tres tipos de asistencia:
1) Que sea una por URGENCIA VITAL.
Solamente se produce ésta si se encuentra en alguno de estos tres supuestos:
- que corre peligro su vida
- que tenga una fractura abierta
- pérdida del conocimiento.
En estos casos:
Trasládese al centro concertado sanitario de urgencias más próximo. Hágalo lo antes posible, en el medio de transporte más inmediato del que disponga, y solo en caso de no disponer de ninguno solicite una ambulancia en el tfno. 93 275 90 56 ó 91 122 76 25 para URGENCIAS y AMBULANCIAS FIATC (24 HORAS).
- Si quedase internado en el centro sanitario, en el plazo de 24 horas desde su ingreso llame al tfno. antes indicado y solicite instrucciones para su traslado a un Centro Sanitario Concertado por la Mutualidad en el plazo más breve posible. Si no realiza esa comunicación, los gastos que genere su atención a partir de las 24 horas indicadas serán a su cargo.
- Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
2) ASISTENCIA URGENTE.
Solamente se produce ésta si sufre un dolor tan intenso que debe ser atendido de forma inmediata y no puede esperar a una consulta posterior. Nunca acuda a urgencias si han pasado más de 24 horas
En estos casos:
Llame inmediatamente al tfno. 983 47 60 66, Ext. 1 durante el siguiente horario de atención: de lunes a viernes de 8:00h a 15:00h. En él se le indicará el Centro Sanitario Concertado de Urgencias al que acudir o, en caso de no ser necesario, se le programará una próxima consulta médica.
Debe dirigirse, por sus propios medios o por medio de transporte sanitario (solo si el tipo de lesión así lo exige) al centro concertado de asistencia de urgencias más cercano.
Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso).
- D.N.I.
Recibida la primera asistencia, si se requiere ingreso o intervención urgente de manera inmediata, el centro sanitario solicitará autorización al correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es, acompañando:
- Informe médico, indicando diagnóstico y descripción de la asistencia recibida.
- Prescripción de la asistencia necesaria.
FIATC contestará directamente al centro, autorizando o denegando dicha asistencia. Si, una vez realizada esta primera visita, se requiere continuidad de la atención, visitas sucesivas, pruebas complementarias (RM, TAC,…) rehabilitación o cualquier otra prestación, el federado deberá solicitar autorización a FIATC nuevamente.
3) Resto de LESIONES NO URGENTES.
En estos casos, deberá solicitar cita directa con los traumatólogos de referencia de su provincia, detallados al final de este documento, con el fin de acelerar en lo posible el proceso y ser valorado de inicio por consulta especializada.
Deberá identificarse por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
Si como consecuencia de una primera atención, en el criterio de los facultativos que atendieron al mutualista, se requiere nueva asistencia (exploraciones complementarias, rehabilitación, visitas sucesivas, etc.), una vez cumplimentado y presentado el parte de lesión, para tener acceso a dicha asistencia, el mutualista, deberá solicitar la oportuna autorización en el correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es.
Para solicitar dicha autorización deberá aportar:
- Copia del Parte de Lesiones presentado en su momento.
- Prescripción Médica.
Una vez recibida esta documentación anterior, FIATC hará llegar al mutualista la oportuna autorización indicando el centro al que se deben de dirigir para solicitar cita de la prueba. Ante nuevos requerimientos de asistencia no incluidos en las autorizaciones emitidas, se deberá de repetir este proceso tantas veces como sea preciso.
ADVERTENCIAS:
Recuerde siempre que la Mutualidad no se hará responsable de los gastos producidos, que deberán ser a su cargo:
- Si acude a un Centro Sanitario NO Concertado, salvo la excepción comentada de urgencia vital y solo durante las primeras 24 horas.
- Si se traslada en ambulancia sin ser una urgencia vital.
- Si acude a consultas, pruebas o intervenciones quirúrgicas realizadas sin la previa autorización de la Mutualidad.
Recuerde también que:
- El plazo máximo para la comunicación a la Mutualidad de cualquier lesión es de 7 días desde la ocurrencia del accidente, cumplimentando el preceptivo parte de lesiones.
La práctica deportiva durante el período de baja deportiva será motivo de paralización del tratamiento iniciado e implicará la no atención de los gastos y atenciones posteriores por la Mutualidad.
Es accidente deportivo el sufrido por el mutualista con ocasión del ejercicio del deporte del fútbol. El accidente debe ocurrir durante la celebración de partidos, o entrenamientos autorizados. No será considerado accidente deportivo cualquier otro distinto de lo anterior, excluyéndose por tanto la práctica privada de dicho deporte.
¿Qué debe hacer si se lesiona en un accidente deportivo?
Ocurrida la lesión, cabe diferenciar claramente tres tipos de asistencia:
1) Que sea una por URGENCIA VITAL.
Solamente se produce ésta si se encuentra en alguno de estos tres supuestos:
- que corre peligro su vida
- que tenga una fractura abierta
- pérdida del conocimiento.
En estos casos:
Trasládese al centro concertado sanitario de urgencias más próximo. Hágalo lo antes posible, en el medio de transporte más inmediato del que disponga, y solo en caso de no disponer de ninguno solicite una ambulancia en el tfno. 93 275 90 56 ó 91 122 76 25 para URGENCIAS y AMBULANCIAS FIATC (24 HORAS).
- Si quedase internado en el centro sanitario, en el plazo de 24 horas desde su ingreso llame al tfno. antes indicado y solicite instrucciones para su traslado a un Centro Sanitario Concertado por la Mutualidad en el plazo más breve posible. Si no realiza esa comunicación, los gastos que genere su atención a partir de las 24 horas indicadas serán a su cargo.
- Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
2) ASISTENCIA URGENTE.
Solamente se produce ésta si sufre un dolor tan intenso que debe ser atendido de forma inmediata y no puede esperar a una consulta posterior. Nunca acuda a urgencias si han pasado más de 24 horas
En estos casos:
Llame inmediatamente al tfno. 983 47 60 66, Ext. 1 durante el siguiente horario de atención: de lunes a viernes de 8:00h a 15:00h. En él se le indicará el Centro Sanitario Concertado de Urgencias al que acudir o, en caso de no ser necesario, se le programará una próxima consulta médica.
Debe dirigirse, por sus propios medios o por medio de transporte sanitario (solo si el tipo de lesión así lo exige) al centro concertado de asistencia de urgencias más cercano.
Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso).
- D.N.I.
Recibida la primera asistencia, si se requiere ingreso o intervención urgente de manera inmediata, el centro sanitario solicitará autorización al correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es, acompañando:
- Informe médico, indicando diagnóstico y descripción de la asistencia recibida.
- Prescripción de la asistencia necesaria.
FIATC contestará directamente al centro, autorizando o denegando dicha asistencia. Si, una vez realizada esta primera visita, se requiere continuidad de la atención, visitas sucesivas, pruebas complementarias (RM, TAC,…) rehabilitación o cualquier otra prestación, el federado deberá solicitar autorización a FIATC nuevamente.
3) Resto de LESIONES NO URGENTES.
En estos casos, deberá solicitar cita directa con los traumatólogos de referencia de su provincia, detallados al final de este documento, con el fin de acelerar en lo posible el proceso y ser valorado de inicio por consulta especializada.
Deberá identificarse por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
Si como consecuencia de una primera atención, en el criterio de los facultativos que atendieron al mutualista, se requiere nueva asistencia (exploraciones complementarias, rehabilitación, visitas sucesivas, etc.), una vez cumplimentado y presentado el parte de lesión, para tener acceso a dicha asistencia, el mutualista, deberá solicitar la oportuna autorización en el correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es.
Para solicitar dicha autorización deberá aportar:
- Copia del Parte de Lesiones presentado en su momento.
- Prescripción Médica.
Una vez recibida esta documentación anterior, FIATC hará llegar al mutualista la oportuna autorización indicando el centro al que se deben de dirigir para solicitar cita de la prueba. Ante nuevos requerimientos de asistencia no incluidos en las autorizaciones emitidas, se deberá de repetir este proceso tantas veces como sea preciso.
ADVERTENCIAS:
Recuerde siempre que la Mutualidad no se hará responsable de los gastos producidos, que deberán ser a su cargo:
- Si acude a un Centro Sanitario NO Concertado, salvo la excepción comentada de urgencia vital y solo durante las primeras 24 horas.
- Si se traslada en ambulancia sin ser una urgencia vital.
- Si acude a consultas, pruebas o intervenciones quirúrgicas realizadas sin la previa autorización de la Mutualidad.
Recuerde también que:
- El plazo máximo para la comunicación a la Mutualidad de cualquier lesión es de 7 días desde la ocurrencia del accidente, cumplimentando el preceptivo parte de lesiones.
La práctica deportiva durante el período de baja deportiva será motivo de paralización del tratamiento iniciado e implicará la no atención de los gastos y atenciones posteriores por la Mutualidad.
Es accidente deportivo el sufrido por el mutualista con ocasión del ejercicio del deporte del fútbol. El accidente debe ocurrir durante la celebración de partidos, o entrenamientos autorizados. No será considerado accidente deportivo cualquier otro distinto de lo anterior, excluyéndose por tanto la práctica privada de dicho deporte.
¿Qué debe hacer si se lesiona en un accidente deportivo?
Ocurrida la lesión, cabe diferenciar claramente tres tipos de asistencia:
1) Que sea una por URGENCIA VITAL.
Solamente se produce ésta si se encuentra en alguno de estos tres supuestos:
- que corre peligro su vida
- que tenga una fractura abierta
- pérdida del conocimiento.
En estos casos:
Trasládese al centro concertado sanitario de urgencias más próximo. Hágalo lo antes posible, en el medio de transporte más inmediato del que disponga, y solo en caso de no disponer de ninguno solicite una ambulancia en el tfno. 93 275 90 56 ó 91 122 76 25 para URGENCIAS y AMBULANCIAS FIATC (24 HORAS).
- Si quedase internado en el centro sanitario, en el plazo de 24 horas desde su ingreso llame al tfno. antes indicado y solicite instrucciones para su traslado a un Centro Sanitario Concertado por la Mutualidad en el plazo más breve posible. Si no realiza esa comunicación, los gastos que genere su atención a partir de las 24 horas indicadas serán a su cargo.
- Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
2) ASISTENCIA URGENTE.
Solamente se produce ésta si sufre un dolor tan intenso que debe ser atendido de forma inmediata y no puede esperar a una consulta posterior. Nunca acuda a urgencias si han pasado más de 24 horas
En estos casos:
Llame inmediatamente al tfno. 983 47 60 66, Ext. 1 durante el siguiente horario de atención: de lunes a viernes de 8:00h a 15:00h. En él se le indicará el Centro Sanitario Concertado de Urgencias al que acudir o, en caso de no ser necesario, se le programará una próxima consulta médica.
Debe dirigirse, por sus propios medios o por medio de transporte sanitario (solo si el tipo de lesión así lo exige) al centro concertado de asistencia de urgencias más cercano.
Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso).
- D.N.I.
Recibida la primera asistencia, si se requiere ingreso o intervención urgente de manera inmediata, el centro sanitario solicitará autorización al correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es, acompañando:
- Informe médico, indicando diagnóstico y descripción de la asistencia recibida.
- Prescripción de la asistencia necesaria.
FIATC contestará directamente al centro, autorizando o denegando dicha asistencia. Si, una vez realizada esta primera visita, se requiere continuidad de la atención, visitas sucesivas, pruebas complementarias (RM, TAC,…) rehabilitación o cualquier otra prestación, el federado deberá solicitar autorización a FIATC nuevamente.
3) Resto de LESIONES NO URGENTES.
En estos casos, deberá solicitar cita directa con los traumatólogos de referencia de su provincia, detallados al final de este documento, con el fin de acelerar en lo posible el proceso y ser valorado de inicio por consulta especializada.
Deberá identificarse por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
Si como consecuencia de una primera atención, en el criterio de los facultativos que atendieron al mutualista, se requiere nueva asistencia (exploraciones complementarias, rehabilitación, visitas sucesivas, etc.), una vez cumplimentado y presentado el parte de lesión, para tener acceso a dicha asistencia, el mutualista, deberá solicitar la oportuna autorización en el correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es.
Para solicitar dicha autorización deberá aportar:
- Copia del Parte de Lesiones presentado en su momento.
- Prescripción Médica.
Una vez recibida esta documentación anterior, FIATC hará llegar al mutualista la oportuna autorización indicando el centro al que se deben de dirigir para solicitar cita de la prueba. Ante nuevos requerimientos de asistencia no incluidos en las autorizaciones emitidas, se deberá de repetir este proceso tantas veces como sea preciso.
ADVERTENCIAS:
Recuerde siempre que la Mutualidad no se hará responsable de los gastos producidos, que deberán ser a su cargo:
- Si acude a un Centro Sanitario NO Concertado, salvo la excepción comentada de urgencia vital y solo durante las primeras 24 horas.
- Si se traslada en ambulancia sin ser una urgencia vital.
- Si acude a consultas, pruebas o intervenciones quirúrgicas realizadas sin la previa autorización de la Mutualidad.
Recuerde también que:
- El plazo máximo para la comunicación a la Mutualidad de cualquier lesión es de 7 días desde la ocurrencia del accidente, cumplimentando el preceptivo parte de lesiones.
La práctica deportiva durante el período de baja deportiva será motivo de paralización del tratamiento iniciado e implicará la no atención de los gastos y atenciones posteriores por la Mutualidad.
Es accidente deportivo el sufrido por el mutualista con ocasión del ejercicio del deporte del fútbol. El accidente debe ocurrir durante la celebración de partidos, o entrenamientos autorizados. No será considerado accidente deportivo cualquier otro distinto de lo anterior, excluyéndose por tanto la práctica privada de dicho deporte.
¿Qué debe hacer si se lesiona en un accidente deportivo?
Ocurrida la lesión, cabe diferenciar claramente tres tipos de asistencia:
1) Que sea una por URGENCIA VITAL.
Solamente se produce ésta si se encuentra en alguno de estos tres supuestos:
- que corre peligro su vida
- que tenga una fractura abierta
- pérdida del conocimiento.
En estos casos:
Trasládese al centro concertado sanitario de urgencias más próximo. Hágalo lo antes posible, en el medio de transporte más inmediato del que disponga, y solo en caso de no disponer de ninguno solicite una ambulancia en el tfno. 93 275 90 56 ó 91 122 76 25 para URGENCIAS y AMBULANCIAS FIATC (24 HORAS).
- Si quedase internado en el centro sanitario, en el plazo de 24 horas desde su ingreso llame al tfno. antes indicado y solicite instrucciones para su traslado a un Centro Sanitario Concertado por la Mutualidad en el plazo más breve posible. Si no realiza esa comunicación, los gastos que genere su atención a partir de las 24 horas indicadas serán a su cargo.
- Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
2) ASISTENCIA URGENTE.
Solamente se produce ésta si sufre un dolor tan intenso que debe ser atendido de forma inmediata y no puede esperar a una consulta posterior. Nunca acuda a urgencias si han pasado más de 24 horas
En estos casos:
Llame inmediatamente al tfno. 983 47 60 66, Ext. 1 durante el siguiente horario de atención: de lunes a viernes de 8:00h a 15:00h. En él se le indicará el Centro Sanitario Concertado de Urgencias al que acudir o, en caso de no ser necesario, se le programará una próxima consulta médica.
Debe dirigirse, por sus propios medios o por medio de transporte sanitario (solo si el tipo de lesión así lo exige) al centro concertado de asistencia de urgencias más cercano.
Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso).
- D.N.I.
Recibida la primera asistencia, si se requiere ingreso o intervención urgente de manera inmediata, el centro sanitario solicitará autorización al correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es, acompañando:
- Informe médico, indicando diagnóstico y descripción de la asistencia recibida.
- Prescripción de la asistencia necesaria.
FIATC contestará directamente al centro, autorizando o denegando dicha asistencia. Si, una vez realizada esta primera visita, se requiere continuidad de la atención, visitas sucesivas, pruebas complementarias (RM, TAC,…) rehabilitación o cualquier otra prestación, el federado deberá solicitar autorización a FIATC nuevamente.
3) Resto de LESIONES NO URGENTES.
En estos casos, deberá solicitar cita directa con los traumatólogos de referencia de su provincia, detallados al final de este documento, con el fin de acelerar en lo posible el proceso y ser valorado de inicio por consulta especializada.
Deberá identificarse por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
Si como consecuencia de una primera atención, en el criterio de los facultativos que atendieron al mutualista, se requiere nueva asistencia (exploraciones complementarias, rehabilitación, visitas sucesivas, etc.), una vez cumplimentado y presentado el parte de lesión, para tener acceso a dicha asistencia, el mutualista, deberá solicitar la oportuna autorización en el correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es.
Para solicitar dicha autorización deberá aportar:
- Copia del Parte de Lesiones presentado en su momento.
- Prescripción Médica.
Una vez recibida esta documentación anterior, FIATC hará llegar al mutualista la oportuna autorización indicando el centro al que se deben de dirigir para solicitar cita de la prueba. Ante nuevos requerimientos de asistencia no incluidos en las autorizaciones emitidas, se deberá de repetir este proceso tantas veces como sea preciso.
ADVERTENCIAS:
Recuerde siempre que la Mutualidad no se hará responsable de los gastos producidos, que deberán ser a su cargo:
- Si acude a un Centro Sanitario NO Concertado, salvo la excepción comentada de urgencia vital y solo durante las primeras 24 horas.
- Si se traslada en ambulancia sin ser una urgencia vital.
- Si acude a consultas, pruebas o intervenciones quirúrgicas realizadas sin la previa autorización de la Mutualidad.
Recuerde también que:
- El plazo máximo para la comunicación a la Mutualidad de cualquier lesión es de 7 días desde la ocurrencia del accidente, cumplimentando el preceptivo parte de lesiones.
La práctica deportiva durante el período de baja deportiva será motivo de paralización del tratamiento iniciado e implicará la no atención de los gastos y atenciones posteriores por la Mutualidad.
Es accidente deportivo el sufrido por el mutualista con ocasión del ejercicio del deporte del fútbol. El accidente debe ocurrir durante la celebración de partidos, o entrenamientos autorizados. No será considerado accidente deportivo cualquier otro distinto de lo anterior, excluyéndose por tanto la práctica privada de dicho deporte.
¿Qué debe hacer si se lesiona en un accidente deportivo?
Ocurrida la lesión, cabe diferenciar claramente tres tipos de asistencia:
1) Que sea una por URGENCIA VITAL.
Solamente se produce ésta si se encuentra en alguno de estos tres supuestos:
- que corre peligro su vida
- que tenga una fractura abierta
- pérdida del conocimiento.
En estos casos:
Trasládese al centro concertado sanitario de urgencias más próximo. Hágalo lo antes posible, en el medio de transporte más inmediato del que disponga, y solo en caso de no disponer de ninguno solicite una ambulancia en el tfno. 93 275 90 56 ó 91 122 76 25 para URGENCIAS y AMBULANCIAS FIATC (24 HORAS).
- Si quedase internado en el centro sanitario, en el plazo de 24 horas desde su ingreso llame al tfno. antes indicado y solicite instrucciones para su traslado a un Centro Sanitario Concertado por la Mutualidad en el plazo más breve posible. Si no realiza esa comunicación, los gastos que genere su atención a partir de las 24 horas indicadas serán a su cargo.
- Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
2) ASISTENCIA URGENTE.
Solamente se produce ésta si sufre un dolor tan intenso que debe ser atendido de forma inmediata y no puede esperar a una consulta posterior. Nunca acuda a urgencias si han pasado más de 24 horas
En estos casos:
Llame inmediatamente al tfno. 983 47 60 66, Ext. 1 durante el siguiente horario de atención: de lunes a viernes de 8:00h a 15:00h. En él se le indicará el Centro Sanitario Concertado de Urgencias al que acudir o, en caso de no ser necesario, se le programará una próxima consulta médica.
Debe dirigirse, por sus propios medios o por medio de transporte sanitario (solo si el tipo de lesión así lo exige) al centro concertado de asistencia de urgencias más cercano.
Deberá identificarse como mutualista, por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso).
- D.N.I.
Recibida la primera asistencia, si se requiere ingreso o intervención urgente de manera inmediata, el centro sanitario solicitará autorización al correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es, acompañando:
- Informe médico, indicando diagnóstico y descripción de la asistencia recibida.
- Prescripción de la asistencia necesaria.
FIATC contestará directamente al centro, autorizando o denegando dicha asistencia. Si, una vez realizada esta primera visita, se requiere continuidad de la atención, visitas sucesivas, pruebas complementarias (RM, TAC,…) rehabilitación o cualquier otra prestación, el federado deberá solicitar autorización a FIATC nuevamente.
3) Resto de LESIONES NO URGENTES.
En estos casos, deberá solicitar cita directa con los traumatólogos de referencia de su provincia, detallados al final de este documento, con el fin de acelerar en lo posible el proceso y ser valorado de inicio por consulta especializada.
Deberá identificarse por medio de:
- Parte de lesión (en formato digital o impreso)
- D.N.I.
Si como consecuencia de una primera atención, en el criterio de los facultativos que atendieron al mutualista, se requiere nueva asistencia (exploraciones complementarias, rehabilitación, visitas sucesivas, etc.), una vez cumplimentado y presentado el parte de lesión, para tener acceso a dicha asistencia, el mutualista, deberá solicitar la oportuna autorización en el correo electrónico autorizaciones.federaciones@fiatc.es.
Para solicitar dicha autorización deberá aportar:
- Copia del Parte de Lesiones presentado en su momento.
- Prescripción Médica.
Una vez recibida esta documentación anterior, FIATC hará llegar al mutualista la oportuna autorización indicando el centro al que se deben de dirigir para solicitar cita de la prueba. Ante nuevos requerimientos de asistencia no incluidos en las autorizaciones emitidas, se deberá de repetir este proceso tantas veces como sea preciso.
ADVERTENCIAS:
Recuerde siempre que la Mutualidad no se hará responsable de los gastos producidos, que deberán ser a su cargo:
- Si acude a un Centro Sanitario NO Concertado, salvo la excepción comentada de urgencia vital y solo durante las primeras 24 horas.
- Si se traslada en ambulancia sin ser una urgencia vital.
- Si acude a consultas, pruebas o intervenciones quirúrgicas realizadas sin la previa autorización de la Mutualidad.
Recuerde también que:
- El plazo máximo para la comunicación a la Mutualidad de cualquier lesión es de 7 días desde la ocurrencia del accidente, cumplimentando el preceptivo parte de lesiones.
La práctica deportiva durante el período de baja deportiva será motivo de paralización del tratamiento iniciado e implicará la no atención de los gastos y atenciones posteriores por la Mutualidad.